Según la norma, a lo largo de 2020 los equipos de aplicación de fitosanitarios que durante ese año alcancen una antigüedad 5 años deberán pasar la correspondiente Inspección por primera vez antes de llegar a dicha edad. Dicho de otra manera, están obligados a pasar su primera inspección todos los equipos adquiridos (como equipo nuevo) durante 2015.
Además, en el caso de los equipos clasificados como prioritarios, como tras la primera inspección hay que repetirlas cada tres años, durante el presente tendrán que pasarla también los equipos prioritarios que realizaron la primera inspección en 2017. Estos equipos prioritarios son los de empresas de servicios, ATRIAS, ADS y cooperativas o entidades con más de 10 miembros.
A partir de este año 2020 todos los equipos, no sólo los prioritarios, tendrán que someterse a la inspección cada tres años.
También deberán pasar la inspección en 2020 los equipos que tuvieron que pasarla durante 2016, 2017 o 2018 y no lo hicieron. En tanto en cuanto esta inspección no se pase, los equipos no podrán ser utilizados y hacerlo puede acarrear una sanción de entre 300 y 3.000 euros.
El plan relaciona los equipos que están obligados someterse a la Inspección Técnica (ITEAF) durante 2020, que son los equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA y que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:
- Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).
- Pulverizadores hidroneumáticos.
- Pulverizadores neumáticos.
- Pulverizadores centrífugos.
- Espolvoreadores
- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
- Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización.